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ISSSTEZAC COMPRARÁ SU PENSIÓN A NUEVOS JUBILADOS

*En 60 días deberá iniciar despido de trabajadores 

y venta de establecimientos comerciales

En la reforma a la Ley del ISSSTEZAC que hoy aprueba el pleno de la 64 Legislatura se introduce una figura nueva: “Pago Total Sustitutivo”; con este instrumento el Instituto podrá liquidar anticipadamente las pensiones que el trabajador pueda recibir en 10, 15 o 20 años. El tiempo y el monto de recursos se negociará entre la dirección del ISSSTEZAC y el interesado o sus familiares beneficiarios.

Con esta estrategia —en la UAZ la aplicó Alfredo Femat en 2007 con mucho éxito y se conoció como “compra de prestaciones”— el ISSSTEZAC logrará que la nómina de jubilados no crezca con el ritmo endemoniado de los últimos tiempos. Actualmente los pensionados suman 5 mil 584 y mensualmente reciben 100 millones 883 mil pesos, pero la dependencia sólo recibe 100 millones 081 mil pesos por concepto de cuotas de trabajadores y aportaciones patronales del gobierno del Estado, municipios y Poder Judicial. 

El déficit mensual, solo por concepto de pago a pensionados, es de 802 mil pesos.

En el dictamen que ayer presentaron las diputadas de la Comisión de la Función Pública, presidida por la morenista Violeta Cerrillo, se destaca que los burócratas en condiciones de iniciar sus trámites de jubilación son más de 4 mil. El gobierno de David Monreal estima que, de no haber reforma, al término de la administración los pensionados sumarían casi 10 mil. Obviamente el déficit se dispararía 94%. Llegaría a 2 millones de pesos mensuales.

 

SUBEN CUOTAS Y APORTACIONES

El dictamen que hoy aprobará la 64 Legislatura contempla un aumento gradual de cuotas de los trabajadores y de las aportaciones patronales. A los primeros se les incrementaría 1% anual hasta 2027 que se estacione en 16% del salario integrado. Las aportaciones patronales ahora de 26% se incrementarán 2 puntos porcentuales cada año hasta llegar a 32%. Los municipios, que ahora pagan 16% del salario de sus trabajadores, tendrán un tope de 22% en 2027.

DEVOLUCIÓN DE CUOTAS

Los trabajadores que causen baja sin ser sujeto de pensión podrán reclamar la devolución de sus cuotas. Tendrán tres meses de plazo para ello. Y el ISSSTEZAC deberá pagar en no más de 36 días.Los trabajadores que reingresen a la burocracia deberán pagar la totalidad de cuotas del tiempo fuera del sector público para recuperar su antigüedad.

 

UNA SOLA PENSIÓN

Los trabajadores que coticen en ISSSTEZAC y el IMSS tendrán derecho a una sola pensión. El sueldo regulador se calculará de la suma de los dos salarios.

UMA POR SALARIO MÍNIMO

Para la determinación de montos económicos, tanto de pensiones como de otros beneficios, se empleará la UMA y no la cuota de salarios mínimos. Actualmente la UMA se cotiza en 108 pesos y el salario mínimo anda en 248 pesos.Las pensiones que reciban los trabajadores, a partir de aprobada la reforma, tendrán como tope 10 UMAS que, multiplicadas por 30 días, arrojarían un total de 32 mil 571 pesos. Ningún trabajador podrá recibir una pensión mayor a esa cifra. Anualmente se incrementarán en la misma proporción que el índice Nacional de Precios al Consumidor.

PLAZAS CONGELADAS; NO MÁS CONTRATACIONES

El director general del ISSSTEZAC no podrá contratar nuevo personal en ningún nivel y las plazas que estén vacantes quedarán congeladas por tiempo indefinido.

EL EJECUTIVO ENTRA AL RESCATE

En el artículo 14 transitorio del dictamen se establece que para alcanzar la estabilidad económica y financiera del ISSSTEZAC, además de proveerlo de recursos económicos para el otorgamiento de prestaciones y el cumplimiento de obligaciones, el titular del Ejecutivo “queda facultado para otorgar adelanto de aportaciones durante los ejercicios fiscales 2024, 2025, 2026 y 2027, provenientes del Fondo de Estabilización de los Ingresos del Estado de Zacatecas, conforme a la disponibilidad presupuestaria que otorgue la Secretaría de Finanzas”.

DESPIDOS DE TRABAJADORES Y VENTA DE NEGOCIOS

El artículo 16 transitorio consigna la obligación del director del ISSSTEZAC para preparar el despido de trabajadores y la venta de negocios no productivos. Consigna: “Dentro de los 60 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, la junta directiva del ISSSTEZAC deberá emitir los lineamientos que regulen las acciones necesarias para la liquidación gradual de los recursos humanos, materiales y financieros, considerando entre otros esquemas de liquidación, concesión, venta o arrendamiento hasta la extinción total de la actividad empresarial”.

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